Tacógrafo digital
La implantación de los tacógrafos digitales para vehículos de nueva matriculación a los que se le aplique el empleo de este aparato de control de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento (CEE) 3820/85, comenzó el 5 de Agosto de 2005.
De manera general, están obligados a llevar tacógrafo digital todos los vehículos que tengan una MMA superior a 3.5 toneladas o en el caso de vehículos para viajeros, éstos tengan más de 9 plazas incluido el conductor, salvo ciertas excepciones.
El nuevo tacógrafo digital sustituye los discos del tacógrafo analógico por tarjetas inteligentes basadas en chip, con el tamaño de una tarjeta de crédito. El chip incluye un programa que protege los datos almacenados en él y que permite que la tarjeta se comunique con el tacógrafo digital de forma segura.
Más información en la web: http://www.tacografo-digital.net



